Si eres un autónomo societario y estás interesado en saber cuánto cotizarás este año, este post te interesa. A continuación, te vamos a explicar en qué consiste la cuota de autónomos societarios 2020. Si necesitas información más detallada, desde nuestra Asesoría fiscal en Murcia te podremos resolver todas tus dudas.

¿Qué es un autónomo societario?

Es un trabajador autónomo que ha constituido una sociedad mercantil, es decir, una empresa en cualquiera de sus formas jurídicas.

Características del autónomo societario

  • Debe tener al menos el 25% del capital de la empresa y desempeñen labores de dirección.
  • Que tenga al menos el 33% del capital y trabajen en la empresa.
  • Sin participaciones pero que convivan con uno de los socios con el 50% de capital.

La cuota de autónomos societarios 2020

Recordemos que el autónomo societario paga 80 euros más al mes en materia de cotización que el autónomo estándar.

Al igual que con las bases genéricas de autónomos, la base mínima seguirá siendo 1214,20€ al mes y la base máxima está fijada en 4070,10€. La base de cotización del autónomo societario no ha dejado de subir en los últimos años.

Teniendo en cuenta el tipo de cotización obligatorio del 30,3%, la cuota de autónomo societario en 2020 aumentará hasta los 367,88€ al mes (calculando sobre la base mínima). Esto supone 3,64€ más al mes respecto al 2019, al menos hasta que haya más novedades.

¿Por qué no puede el autónomo societario beneficiarse de la Tarifa Plana?

Con respecto a la cotización, el autónomo societario no puede beneficiarse de las bonificaciones a las cuotas a las que tienen derecho los autónomos no societarios. Esto le hace ser excluido de la tarifa plana de 60€.

Muchos emprendedores comenzaron a acogerse a esta bonificación al tiempo que constituían una sociedad, pero la Seguridad Social ha sido tajante al respecto, denegando esa posibilidad. Alegan que los beneficios previstos para jóvenes o nuevos emprendedores no son aplicables en el caso de socios de sociedades mercantiles por entender que se trata de personas jurídicas y no físicas.

Debes tener en cuenta que puedes aplicar como cualquier otro autónomo el beneficio de tarifa plana, aunque supone un proceso en el que debes tener paciencia. Hay que seguir los siguientes pasos:

-Reclamar cuando te das de alta en el RETA. Dispones de un tiempo hábil de 30 días, donde se debe presentar un recurso donde indiques que no obtienes la tarifa plana.

-Si ya estás dado de alta, debes reclamar las bonificaciones perdidas con una solicitud de ingresos indebidos en la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Puede facturar un autónomo societario?

El autónomo societario puede facturar si:

  • Utiliza materiales y medios propios para realizar un trabajo de manera independiente.
  • No es parte de la empresa ni cumple un horario laboral común.
  • Se hace cargo de la factura de su trabajo.

Si no cumple estos requisitos, cobrará la nómina de la empresa sin poder emitir factura, pagando las cotizaciones correspondientes.

Nuestros expertos fiscales podrán ayudarte con todos los trámites que necesites. No dudes en consultarnos.

BM3 Asesores – Asesoría fiscal en Murcia.