Alta de autónomo en asesoría de Murcia

Para saber más sobre tu alta de autónomo en asesoría de Murcia lee este artículo aclaratorio. Desde este año 2023, todo trabajador autónomo debe cotizar a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos anuales, nuestra asesoría en Murcia te informa de todos los cambios.

Si eres autónomo eres el responsable del ingreso de tus cuotas y tienes la obligación de cotizar desde el primer día del mes que inicies tu actividad sea la que sea. Debes darte de alta tanto en hacienda como en la seguridad social, y estás obligado a comunicarte con la administración de forma electrónica a través del certificado digital que te podemos tramitar en nuestra asesoría si lo necesitas.

Todo autónomo tiene una cuota de carácter mensual. Y el ingreso de las cuotas correspondientes a cada mes lo tienes que realizar dentro de ese mismo mes.

Puedes domiciliar el pago en tu entidad financiera, en las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social o por Internet y por supuesto a través de un autorizado red como BM3 ASESORES.

En las situaciones de incapacidad temporal, el autónomo deja de pagar la cuota de autónomo a partir de los 61 días de baja. Esta medida está vigente desde el 1 de enero de 2019.

Tampoco pagan cuota de autónomos las madres y los padres que disfruten de su baja de maternidad o paternidad, a los que se les bonifica el 100% de la cuota sin necesidad de contratación.

Con el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, puedes solicitar un cambio de tu base de cotización hasta seis veces al año, algo que más adelante te vamos a explicar.

Esta obligación del ingreso de las cuotas termina el último día del mes en que el trabajador finaliza su actividad por cuenta propia, siempre y cuando comunique su baja dentro de plazo. Es importante que no olvides comunicar a la Seguridad Social tu cese en la actividad cuanto antes pues de esta manera cotizarás solo por los días que hayas estado de alta.

Para realizar estos trámites tienes que dirigirte a la Tesorería General de la Seguridad Social o si lo prefieres, puedes contar con el apoyo de nuestra asesoria en Murcia que te ayudará en este proceso y en el resto de obligaciones fiscales para dar cumplimiento.

Cuanto cotiza un autónomo

Si quieres determinar tu base de cotización como autónomo, se tendrán en cuenta todos tus rendimientos netos obtenidos en el año natural en el ejercicio de tus distintas actividades profesionales o económicas como trabajador por cuenta propia.

Tus rendimientos netos se calcularán de acuerdo con lo previsto a las normas del IRPF y con algunas particularidades en función del colectivo al que pertenezcas.

La Seguridad Social pone a tu disposición  cómo calcular los rendimientos netos en este enlace.

Del importe resultante se deducirá un 7% en concepto de gastos generales, que será del 3% para autónomos societarios.

De esta forma, partiendo del promedio mensual de estos rendimientos netos anuales, tendrás que seleccionar la base de cotización que determinará tu cuota a pagar.

Con el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, las bases de cotización (mínima y máxima) para los años 2023, 2024 y 2025, quedan de la siguiente manera:

 

Desde el 1 de enero de 2023 los autónomos pueden declarar sus rendimientos previstos a través de Importass, el portal de la Seguridad Social para servicios y trámites online.

Para los autónomos que se den de alta a partir de esa fecha, se les solicitará dicha información en el proceso de alta.

En el caso de que el autónomo ya estuviera dado de alta, puede modificar su base de cotización para ajustarla a la previsión sobre el promedio mensual de sus rendimientos netos anuales a través del servicio Base de cotización y rendimientos.

Y los autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieran cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería en razón de sus rendimientos estimados, pueden mantener en 2023 dicha base de cotización, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior.

Además, en Importass hay disponible un simulador para realizar el cálculo de la cuota en función de los rendimientos previstos.

¿Cuándo se puede cambiar la base de cotización?

Si a lo largo de 2023 prevés una variación de tus rendimientos netos, puedes seleccionar cada dos meses una nueva base de cotización y, por tanto, una nueva cuota adaptada a los mismos con un máximo de seis cambios al año.

Esta modificación será efectiva en las siguientes fechas:

  • marzo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • mayo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • julio de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • septiembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • enero del año 2024, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
  1. Bases y tipos de cotización del autónomo para el año 2023

A la base que hayas elegido como autónomo tendrás que aplicarle su correspondiente cuota a la Seguridad Social.

La cuota que deberás pagar es el 31,20% de tu base de cotización. El porcentaje (tipo de cotización) que se aplica a la base de cotización para calcular la cuota queda así:

  • Por contingencias comunes: 28,30%.
  • Contingencias profesionales: 1,3%.
  • Cese de actividad: 0,9%.
  • Formación profesional: 0,1%.
  • Por Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,6%.

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