Un contrato en formación es un tipo de contrato que hace la empresa para ofrecer aprendizaje a un trabajador, el objetivo principal de este contrato es ofrecer una formación profesional y específica tanto teórica como práctica para el puesto de trabajo para al que está optando, como asesoría laboral queremos explicarte en este artículo las características y las ventajas de este contrato tanto si eres una empresa como si eres un trabajador.

“Ley 3/2012, los contratos en formación se renuevan como una nueva apuesta del Gobierno de España para incentivar la contratación por parte de las empresas a jóvenes menores de 25 años, asimismo, esta nueva ley establece que dicha formación puede ser de manera presencial o teleformación y debe estar vinculada a un Certificado de Profesionalidad o a un Título de Formación Profesional”

¿Cuáles son las características del contrato en formación?

Preguntas frecuentes:

¿Se puede contratar a cualquier persona?

No, este contrato está pensado para incentivar la contratación de personas jóvenes por lo que el rango de edad de este tipo de contrato es entre 16 y 25 años.

¿Cuánto puede durar este tipo de contrato?

Estos contratos pueden tener diferentes duraciones, la duración mínima es de un año (podría ser de 6 meses si el convenio lo permite) prorrogable hasta una duración máxima de 3 años.

¿Se puede rescindir del contrato?

Si, estos contratos se pueden rescindir antes de su finalización, sin necesidad de devolver las bonificaciones practicadas hasta el momento.

¿Este contrato tiene periodo de prueba?

Si, tiene un periodo de prueba de 2 meses (aunque también puede variar en función del convenio)

¿La jornada es igual que la de  un contrato normal o necesita jornada reducida?

Es completa. Durante el primer año el 75% será trabajo efectivo, y el 25% será dedicado a esta formación. A partir del segundo año el trabajo efectivo será de 85% y el 15% restante estará destinado a formación.

¿Cuál es el salario para estos tipos de contratos?

Está establecido por el convenio y nunca inferior al tiempo trabajado con respecto al salario mínimo interprofesional

Ventajas del contrato en formación

Para el trabajador:

  • Se reduce el 100% de las cuotas a la seguridad social y prestación por desempleo
  • Obtención de un certificado de Profesionalidad
  • Inserción en el mundo laboral y experiencia para jóvenes con o sin titulación
  • Posibilidad de contrato de hasta 3 años

Para la empresa:

  • Reducción del 100% de las cuotas de la seguridad social y del 75% para empresas con más de 250 trabajadores.
  • Reducción de las cuotas de la empresa a la seguridad social durante 3 años por la transformación en indefinido
  • Cotización a la seguridad social fija y reducida
  • La formación es 100% bonificada

Como Asesoría Laboral, ponte en contacto con nosotros tanto si eres  una empresa como un trabajador para conocer sus características y las ventajas y desventajas de este tipo de contrato, estaremos encantados de ayudarte.

BM3 – Asesoría Laboral Murcia