Hoy te explicamos todo lo que necesitas saber sobre cómo calcular el IVA para autónomos. En nuestra asesoría fiscal en Murcia, te ayudamos a realizar este trámite, no dudes en consultarnos ante cualquier duda. Si eres trabajador por cuenta propia, es fundamental una gestión adecuada de este impuesto, para evitar posibles conflictos con Hacienda en el momento de realizar la declaración.
El IVA para los autónomos
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que corresponde a la cantidad de dinero que se agrega a todos los productos y servicios, accediendo así a otros beneficios. Debe entregarse a Hacienda.
Tipos de IVA
Hay distintos tipos IVA actualmente en nuestra legislación:
- Superreducido (4%): Se aplica a los productos de primera necesidad, los alimentos más básicos.
- Reducido (10%): Entre otros, se incluye el transporte, hostelería y asistencia sanitaria.
- General (21%): Es el más común, se aplica a la mayoría de servicios y operaciones de compraventa.
¿Cómo se calcula el IVA?
Es importante diferenciar entre dos conceptos: el IVA repercutido y el IVA soportado.
-El IVA repercutido se conoce como la cuantía que el autónomo ha recaudado por la venta de sus productos o servicios.
- Cálculo: Precio de venta x Tipo de IVA repercutido en cada factura emitida
-El IVA soportado es la cantidad de dinero que un autónomo debe abonar a un proveedor al adquirir un bien o servicio. Por ejemplo, el IVA que el autónomo ha pagado a otras empresas o autónomos para adquirir la maquinaria o las materias primas necesarias para desarrollar su actividad.
- Cálculo: Precio de compra x Tipo de IVA soportado en cada factura recibida por compras y gastos
-Una vez tengamos estos resultados, para conocer la cantidad que debemos de pagar o solicitar su devolución a Hacienda, habrá que restar del toral resultante de IVA repercutido el total de IVA soportado:
- Cálculo: IVA repercutido – IVA soportado
Actividades que están exentas de IVA
Algo importante a tener en cuenta a la hora de realizar los cálculos, es saber las actividades que están exentas de pagar el IVA. Podemos destacar entre ellas:
-Los servicios médicos
-Actividades relacionadas con la educación y la formación.
-Las sociedades culturales y deportivas.
-El alquiler de viviendas que no sean oficinas.
-Las operaciones financieras y de seguros.
-Los servicios de los notarios.
-Sellos de correos y efectos timbrados.
¿Qué puede desgravar de IVA el autónomo?
Otra cuestión a tener en cuenta es determinar las actividades que el autónomo puede desgravar de IVA:
-Los consumos para la explotación
-Las dietas y salarios de externos
-Arrendamientos cuyo IVA puede ser reducido
-Servicios profesionales de abogados, notarios o servicios informáticos.
-Los suministros como el agua, la luz, el teléfono.
-Los bienes de inversión.
-La compra de equipamientos.
-Tributo de la gestión de residuos y gastos financieros.
Es posible recuperar el IVA relativo a los vehículos utilizados en la actividad comercial, es decir, los gastos en gasolina, peajes o aparcamiento.
Todo este proceso puede resultar complejo para aquellas personas que no están al día de la terminología fiscal. Si necesitas resolver alguna cuestión sobre este u otro tema, contacta con BM3 asesoría fiscal en Murcia