Devolución, estado y rectificación de la renta. Estas son las tres palabras que más interesan a los ciudadanos una vez elaborada y presentada la renta a los clientes de nuestra asesoría fiscal en Murcia. A continuación pasamos a elaborar un pequeño resumen sobre estas cuestiones tan interesantes.

Devolución de la renta y otras cuestiones importantes

¿Qué pasa con la devolución de la renta?

En nuestra asesoría fiscal en Murcia, cada día recibimos llamadas preguntando lo mismo. Y es que si tu renta ha resultado a tu favor, tendrás muchas ganas de ver como el dinero entra en tu cuenta bancaria al igual que si te ha salido a pagar y lo has fraccionado. Querrás saber con todo lujo de detalles cuando te cargarán el segundo plazo para no fallar en el pago.

Aquellos contribuyentes cuya declaración tenga como resultado a pagar y opten por domiciliar y fraccionar sus pagos, verán que el 1 de julio Hacienda les cobró el 60% correspondiente y tendrán que esperar al 5 de noviembre para pagar el 40% restante.

¿Pero que pasa con tu devolución?

1. Plazos de devolución de la Renta

La agencia tributaria dispone de seis meses como plazo máximo para la devolución de la renta desde el último día de plazo de presentación de las declaraciones. Hasta el 31 de diciembre de este año 2019 Hacienda se encuentra en plazo para devolver las cantidades resultantes a favor del contribuyente.

Lo normal es que a los pocos días de presentar la declaración de la renta, hacienda proceda a la devolución anotada en el impuesto presentado.

En ocasiones, el tiempo pasa, vencen los seis meses de plazo y el contribuyente todavía no ha recibido el dinero por una causa imputable a Hacienda. En este caso, la agencia tributaria añadirá un interés de demora a favor del contribuyente sin que el ciudadano tenga que reclamarlo.

2. Estado de mi declaración

Para saber en qué estado se encuentra tu declaración de la renta, la propia página web de la Agencia Tributaria muestra a los ciudadanos los diferentes ESTADOS.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml

Estos pueden ser:

– Su declaración se está tramitando. Este es el primer estado que se muestra cuando la declaración ha sido presentada. Simplemente indica que la documentación ya ha sido enviada.

– Su declaración está siendo comprobada. Este paso supone que los técnicos de Hacienda se encuentran realizando las comprobaciones pertinentes.

– La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o esta en proceso. Compruebe el importe. Si le aparece este mensaje es posible que exista algún problema con el envío de su declaración. Deberá de hablar con su asesor fiscal o gestor que tramitó su renta o a los técnicos de Hacienda para solucionarlo.

– Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. En este paso, la Agencia Tributaria ya ha comprobado que todo es correcto y pronto procederá a la devolución.

– Su devolución ha sido emitida el día X/X/XXXX … Por último, esta indicación supone que el pago ya ha sido emitido y que en un plazo máximo de 10 días el contribuyente recibirá el importe. Si esto no ocurre, deberá acudir a la administración de la Agencia Tributaria más cercana a su domicilio fiscal para ver que es lo que ha sucedido.

3. Rectificación de mi declaración

En el caso de que hayas optado por un asesor fiscal para la elaboración de tu renta, además de haber realizado una elección perfecta por el ahorro fiscal que probablemente tu asesor fiscal haya aplicado a tu declaración, tendrás la oportunidad de volver a él en caso de cualquier problema con tu renta para que la pueda rectificar en caso necesario.

Tal puede ser el caso de rectificar su número de cuenta corriente. Este trámite también lo podrás realizar  directamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria si dispones de los mecanismos necesarios, a saber, clave o certificado digital.

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