En nuestra asesoría laboral Murcia le hablamos sobre cuánto cuesta contratar a cada trabajador. Existe un desconocimiento sobre este tema que se resuelve de manera dramática cuando un autónomo contrata a un trabajador y se da cuenta, a final de mes, de la inversión que supone.
A la hora de contratar a un trabajador debemos entender dos partidas de coste:
a. Sueldo bruto del trabajador, que lógicamente influirá en su sueldo neto, que es el que finalmente cada trabajador ingresa cada mes
b. Seguridad Social a cargo de la empresa, que se determina por los coeficientes de cotización a la Seguridad Social.
Además debes contemplar el coste de una asesoría laboral como servicio externo que es la que elaborará la preparación y presentación de contratos de trabajo, nóminas, cotizaciones sociales e impuesto de retenciones entre otras gestiones.
1.Calcular el sueldo bruto del trabajador
El salario bruto está constituido por las percepciones salariales en dinero o en especie y las percepciones extrasalariales (cantidades percibidas por prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones por gastos relacionados con la actividad así como indemnizaciones por traslados, despidos y suspensiones). Mientras que las primeras, las percepciones salariales, cotizan en la Seguridad Social, las segundas, las percepciones extrasalariales no lo hacen.
Debes saber que como empresario autónomo o sociedad no puedes pagar lo que te de la gana a un trabajador, debes ceñirte a lo que estipule el convenio colectivo de tu sector y Comunidad Autónoma o provincia para su categoría profesional. Para localizar el convenio aplicable en tu actividad te recomendamos este buscador.
Ten en cuenta que los convenios establecen el salario mínimo por categoría profesional pero en muchas ocasiones se pactan salarios distintos dependiendo de la cualificación y experiencia del trabajador y de la competencia que para ese puesto de trabajo haya en el mercado laboral.
El trabajo en fin de semana o las horas extras también están regulados en los convenios y suelen conllevar un incremento adicional del sueldo bruto. También debes comprobar en el convenio si es obligatorio pagar algún plus de transporte.
2.Calcular el sueldo neto del trabajador
Son muchos los trabajadores que no entienden de sueldos brutos y lo que quieren saber es el sueldo que les va a quedar limpio en su nómina final de mes, es decir el sueldo neto o líquido. Así que a la hora de negociar con ellos debes tener muy presente la diferencia entre sueldo bruto y neto y asegurarte de que el trabajador está de acuerdo con tu propuesta.
Para ello debes tener en cuenta dos partidas que habrá que deducir de su sueldo bruto al preparar la nómina mensual:
Seguridad Social a cargo del trabajador: Se compone de tres partidas, la cotización por contingencias comunes (4,70% del sueldo bruto), la cotización por formación (0,10%) y la cotización por desempleo (1,55% en contratos indefinidos, 1,60% en contratos temporales), lo que en total supone un 6,35% del sueldo bruto.
Retención del IRPF: es un porcentaje variable que crece en función del volumen de ingresos que hay que deducir de la nómina y que el empresario debe ingresar en Hacienda trimestralmente como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador. El porcentaje depende también de las circunstancias personales (hijos o mayores a cargo del trabajador) pero a modo orientativo puede oscilar entre el 2% cuando la relación no supera el año y los 14.000 euros y 4% para un sueldo bruto de 1.100 euros al 13% para 2.000 euros o el 20% o más para 3.000 euros brutos. Hacienda pone a tu disposición un programa donde puedes calcular la retención de forma exacta.
Si en una entrevista le hablas a un trabajador que va a tener un contrato indefinido y un sueldo bruto de 2.000 euros, este vería como en la nómina se le deduciría 127 euros de Seguridad Social a cargo del trabajador y 260 en concepto de retenciones, con lo que su sueldo neto sería de 1.613 euros. Casi cuatrocientos euros que el empresario deduce de la nómina del trabajador.
3.Calcular el coste de Seguridad Social a cargo de la empresa
La Seguridad Social a cargo de la empresa es un coste adicional que el autónomo o la empresa que contrate trabajadores debe pagar a la Seguridad Social además del sueldo bruto que paga al trabajador. Se compone de cuatro partidas que debes tener muy presentes a la hora de contratar a un trabajador:
a)Cotización por contingencias comunes: 23,60% del sueldo bruto.
b)Cotización por desempleo: 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
c)Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de las tablas de cotización para cada actividad, pudiendo oscilar entre el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% en actividades de alta riesgo como la construcción o el transporte por carretera.
d)Cotización por formación profesional: 0,60%.
e)Cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa): 0,20%
Por ejemplo, para un puesto de trabajo en oficina la Seguridad Social a cargo de la empresa supone un 30,9% del sueldo bruto para contratos indefinidos y un 32,1% para contratos eventuales. En contratos eventuales a tiempo parcial subiría un 1% adicional.
4.Ejemplos de coste real de un trabajador
Para entender claramente cuanto cuesta contratar a un trabajador vamos a estudiar un ejemplo.
Pensemos en la contratación temporal a jornada parcial de 32 horas a la semana (80%) de un hombre de 19 años con un salario bruto de 852,40 euros
Veamos los conceptos salariales cotizables en la nómina del trabajador:
TOTAL :852,40 euros( aquí se incluyen pagas extras, de beneficios, plus de transporte y complemento a mínimo)
En el apartado de deducciones aparecerá:
Seguros Sociales del trabajador:
Contingencias comunes: 40,06 euros
Otras cotizaciones: 14,49 euros
TOTAL: 54,55 euros
IRPF: 4% (31,91 euros)
LÍQUIDO NÓMINA: 797,85- 31,91 euros= 765,94 euros
Veamos los seguros sociales de la empresa:
Contingencias comunes: 201,17 euros
Contingencias profesionales:12,79 euros
Otras cotizaciones: 63,93 euros
Bonificaciones: Ninguna. El trabajador contratado no figuraba inscrito como demandante de empleo
TOTAL: 277,88 euros
Este ejemplo te viene a explicar que un trabajador al que le vayas a pagar líquido 765,94 euros, te va a suponer unos gastos de 277,88 euros. Con lo que la contratación del trabajador te supone un gasto total de 1.043,8 euros.