Después de que muchos de nuestro clientes nos pidan información acerca del acto de conciliación laboral, desde BM3 Asesoría Laboral en Murcia os traemos un artículo sobre este tema. El acto de conciliación es el proceso que se realiza antes de demandar a la empresa tras presentar la papeleta de conciliación laboral. En la mayoría de ocasiones en las que se realicen reclamaciones a la empresa es obligatorio acudir a un acto de conciliación laboral con la empresa, antes de presentar una demanda ante los tribunales.

El acto de conciliación se inicia cuando el trabajador presenta una papeleta de conciliación laboral ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC)

¿Cómo se realiza el acto de conciliación?

Al acto de conciliación deben acudir las partes implicadas en dicha reclamación, el trabajador podrá ir acompañado de un abogado o de un graduado social e incluso solo, aunque no es recomendable acudir de esta manera.

Junto con las partes implicadas, estará un letrado de la administración para recoger el posible acuerdo de las partes, velando en todo momento por los derechos de los trabajadores.

 

¿Debo acudir al acto de conciliación?

No, no es obligatorio, podrá acudir una persona en representación del trabajador. En caso de que no acuda ni el trabajador ni un representante se tendrá la papeleta como no presentada, pudiendo perjudicar bastante al trabajador.

 

¿Puede no presentarse la empresa?

Normalmente las empresas siempre se presentan, y en caso de no hacerlo pueden llegar a ser condenadas en costas si estiman íntegramente la demanda que presente el trabajador, con un límite máximo de 600 €.Según el artículo 66.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, Si no se presentan, la conciliación finalizará como sin efecto y tendremos que presentar demanda.

 

¿Partes del acta de conciliación?

Las partes en el acta de conciliación son las siguientes:

    • Las distintas partes personadas en el acta
    • El trabajador podrá ratificarse o matizar el contenido de la papeleta de conciliación. La empresa podrá contestar o no.
    • En caso de acuerdo, términos del acuerdo.
    • Aceptación de la oferta del trabajador con la indicación de que “se queda saldado y liquidado definitivamente en la relación laboral con empresa sin que tenga nada más que reclamar”.
    • Firma de las distintas partes personadas en el acto de conciliación laboral.

 

¿Aspectos importantes?

Se podrá acordad aquello que deseen las distintas partes, siempre que sean respetados los derechos de los trabajadores y no haya terceras personas perjudicadas.

De esta manera el trabajador renuncia a una posterior reclamación, por ello hay que ser consciente de cuándo se puede firmar.

¿Qué ocurre cuando tras un acuerdo la empresa no cumple?

Los acuerdos son de obligado cumplimiento para ambas partes, en caso de no cumplir podremos solicitar al juzgado que el acuerdo sea cumplido, a través de un procedimiento de ejecución. Esto se puede hacer siempre que el acuerdo Sen en el acto de conciliación, si es un acto privado no podremos reclamar.

¿Para qué puede ser beneficiosa la conciliación laboral?

El acto de conciliación es obligatorio en la gran mayoría de los procedimientos judiciales de reclamación de derechos a la empresa. Además es útil para llegar a cualquier tipo de acuerdo con la empresa, ya sea un nuevo horario, un acuerdo de subida del salario…

De esta manera, mediante este procedimiento, en caso de incumplimiento, podrás solicitar al juzgado que la empresa cumpla con lo acordado en el acuerdo

¿Se puede impugnar o invalidar el acuerdo alcanzado?

Sí, ambas partes podrán impugnará los distintos acuerdos alcanzados, aunque es muy difícil que esto ocurra con éxito.Se podrá impugnar 30 días hábiles desde el momento en el que se concretó el acuerdo, siempre que haya habido un vicio en el consentimiento, es decir, la existencia de un engaño o coacción de una parte hacia la otra

Si desea algún tipo de información extra acerca del acto de conciliación no dude en conectar con nuestra asesoría laboral en Murcia, desde BM3 le ayudaremos en aquello que necesite.

Asesoría Laboral en Murcia BM3