Desde hoy en BM3 asesoría fiscal en murcia haremos un breve repaso sobre las bonificaciones del impuesto de sucesiones (IS). Dicen que ante la preocupación, hay que tener ocupación. Una vez que fallece un familiar nos encontramos con interminables gestiones que realizar que hacen que este proceso de duelo se convierta en toda una preocupación y tengamos que hacer uso de un profesional como un gestor o asesor que nos asesore en absolutamente todas las gestiones.

Desde las prestaciones por viudedad y orfandad, hasta el famoso impuesto de sucesiones, tan dispar en cada región de España. Nuestra asesoría fiscal en Murcia puede ser de gran ayuda para estos trámites.

Por suerte, las reformas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que se han introducido este último año en la Región de Murcia ha beneficiado a los murcianos en casi la totalidad del impuesto a día de hoy.

Eso sí, siempre y cuando se trate de herederos o donatarios de los grupos I y II (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes), y en según que casos, también del grupo III (colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad).

El Impuesto de sucesiones en Murcia

En el impuesto de sucesiones de la Región de Murcia aplica una gran cantidad de reducciones propias a día de hoy.

Ya sabes que este impuesto es una herramienta de recaudación efectiva para nuestra región y que probablemente estas reducciones sean eliminadas.

Nuestra asesoría es amiga del movimiento «slow» y de intentar vivir el momento para eliminar el estrés de nuestras vidas. Con lo que hoy te vamos a mostrar un breve repaso tal y como se encuentran este año y en esta fecha.

1.Reducciones por parentesco y para discapacitados

Existen reducciones por parentesco en el impuesto de sucesiones.

Tanto para adquisiciones mortis causa, como para donaciones, y sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II , se aplicará una deducción autonómica del 99% de la cuota que resulte después de aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, procedan.

Solo tendrán derecho a practicar la deducción del 99%, los donatarios y herederos descendientes y adoptados menores de veintiún años (Grupo I), y adquisiciones por descendientes y adoptados de veintiuno o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes (Grupo II).

El resto de sujetos pasivos, como pueden ser sobrinos, primos, etc., no tendrán derecho a esta bonificación.

A los discapacitados y a los herederos y donatarios de los grupos III y IV se le aplicarán las reducciones estatales previstas en el articulo 20 de la Lay 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Adquisición empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades.

Murcia se establecen determinadas reducciones en las adquisición de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades del 99%.

a) Reducción mortis causa

Se establece una reducción propia en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del 99% para las herencias, cuando éstas incluyan el valor de una empresa individual o de un negocio profesional, o de participaciones en entidades, siempre que cumplan ciertos requisitos.

Esta reducción sólo la podrán aplicar los adquirentes que se adjudiquen la empresa individual, el negocio profesional o las participaciones en entidades, siempre que estén incluidos en los grupos de parentesco I, II y III  (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes, adoptantes, colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad).

La reducción será incompatible, para una misma adquisición, con la aplicación de otras reducciones previstas por la Ley.

b) Reducción inter-vivos

Se establece una reducción propia del 99% para las transmisiones inter vivos de una empresa individual o de un negocio profesional situados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, o de participaciones en entidades del donante cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El donatario deberá estar incluido en los grupos de parentesco I, II y III (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes, adoptantes, colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad) y cumplir una serie de requisitos.

Adquisición metálico para constitución o adquisición de empresa, negocio profesional o participaciones

En Murcia se establecen determinadas reducciones en las adquisición de metálico destinado a la constitución o adquisición de empresa individual, negocio profesional o a la adquisición de participaciones en entidades del 99%.

En este sentido, es preciso diferenciar entre la reducción en adquisiciones por causa de muerte y la reducción por adquisiciones lucrativas entre vivos.

2. Reducción por adquisición de vivienda habitual (inter vivos)

En Murcia se establecen determinadas reducciones por adquisición inter vivos de vivienda habitual del 99%. Es preciso diferenciar entre la reducción por donación de vivienda habitual o cantidad en metálico destinada a su adquisición. La reducción por donación de solar con destino a la construcción de vivienda habitual.

Impuesto de sucesiones

3. Adquisición de bienes muebles de interés cultural

En Murcia se establecen determinadas reducciones por adquisición de bienes muebles de interés cultural o catalogados para su cesión temporal a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del 99%.

En este sentido, es preciso diferenciar entre la reducción en adquisiciones por causa de muerte y la reducción por adquisiciones lucrativas entre vivos.

4. Adquisición de explotaciones agrarias

En Murcia se establecen determinadas reducciones en las adquisición de explotaciones agrícolas del 99%. En este sentido, es preciso diferenciar entre la reducción en adquisiciones por causa de muerte y la reducción por adquisiciones lucrativas entre vivos.

5. Adquisición inmuebles destinados a empresas, negocios o participaciones

En Murcia se establecen determinadas reducciones por adquisición de inmuebles destinados a empresa, negocio profesional o participaciones en entidades del 99%.

En este sentido, es preciso diferenciar entre la reducción en adquisiciones por causa de muerte y la reducción por adquisiciones lucrativas entre vivos.

Para saber más sobre el estado del ISD en Murcia y sobre este  impuesto en general, visita la siguientes páginas en ellas encontrarás información actualizada sobre este, aveces, doloroso impuesto.

En caso de estar interesado en recibir más información no dudes en contar con nuestro asesoramiento llamando al teléfono 968220019 o escribiendo un email a info@bm3asesores.es

BM3 – Asesoría Fiscal y Laboral